
Una investigación científica permitió avanzar en la protección legal de Paspalum lilloi, una planta que crece únicamente en el área de las Cataratas del Iguazú. El trabajo fue desarrollado por equipos de la Universidad Nacional del Nordeste, la Universidad Nacional de Misiones, la Universidad de Buenos Aires y el CONICET. A partir de los resultados, Misiones declaró a la especie Monumento Natural y de Interés Público, prohíbe su extracción del ambiente natural y regula su estudio científico.
Los investigadores analizaron la biología reproductiva de la especie y publicaron los resultados en el Boletín de la Sociedad Argentina de Botánica. Allí establecieron que Paspalum lilloi es una especie sexual y autofértil, capaz de producir semillas viables mediante autofecundación, sin necesidad de polinizadores u otros individuos compatibles. Se trata de un dato clave para comprender su persistencia en un ambiente limitado.


Protección basada en evidencia científica
La planta se desarrolla en sectores rocosos y con flujo permanente de agua dentro del área de las Cataratas, incluida la Garganta del Diablo. Su distribución se restringe a una superficie estimada de ocho kilómetros cuadrados, dentro de los parques nacionales de Argentina y Brasil. Esa condición llevó a su inclusión en la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, que en 2021 la clasificó como En Peligro Crítico. El hábitat de la especie se vio afectado por modificaciones en los regímenes hídricos y por obras sobre cursos de agua en la región.
El estudio concluyó que la conservación del entorno natural resulta determinante para evitar la desaparición de la especie. Además, el equipo científico logró reproducir ejemplares en condiciones controladas, mediante cultivos ex situ que replican parcialmente su ambiente original.
Esa línea de trabajo abre la posibilidad de crear bancos de germoplasma y diseñar estrategias de restauración a futuro. La ley sancionada en Misiones se apoyó en criterios científicos vinculados al endemismo, la forma de reproducción y la fragilidad del ecosistema. El caso se presenta como antecedente para la protección legal de otras especies vegetales con distribución restringida en el país.





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