El Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones anuló la sentencia emitida por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la cual absolvió por el beneficio de la duda al hijo de un funcionario provincial acusado de abusar de su hija de 5 años en el 2013 y remitió las actuaciones “a origen a efecto de que se lleve adelante una nueva audiencia de debate oral y pública”.
Por medio de la resolución 433, los ministros del STJ dieron lugar al recurso de casación penal interpuesto por la fiscal Correccional y de Menores, María Laura Álvarez, y el abogado querellante Hugo Zapana contra la sentencia emitida en 2022 por los jueces Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (en calidad de subrogante), quienes por unanimidad absolvieron por el beneficio de la duda a J. R. G. (31), quien estaba imputado por el delito de “abuso sexual sin acceso carnal, agravado por configurar un sometimiento gravemente ultrajante, calificado por el vínculo, varios hechos en concurso real”.
Sobre la sentencia del STJ a favor de la querella y la fiscalía, el letrado Hugo Zapana, representante de la familia materna de la menor, en diálogo con La Voz de Misiones, cuestionó que en la etapa del juicio “los jueces no aplicaron para valorar las pruebas la sana crítica racional, es el único medio de valoración de las pruebas que está en el Código de Procedimiento Penal, es como una resolución arbitraria, caprichosa y no fundada en las pruebas del expediente“.
En esa línea, el abogado añadió: “No se juzgó con perspectiva de género, se violó la convención de los derechos del niño y, además, se violó la Convención de Belem do Pará contra toda forma de violencia en contra de la mujer. Hay para hacer un libro en contra de la sentencia”.
Fundamentos
Los magistrados del STJ cuestionaron la decisión del Tribunal de apartar de la causa las conclusiones de una profesional intervinientes en la segunda cámara gesell realizada a la víctima. “Entiendo que excluir la valoración de esta prueba, en razón de fundamentos aparentes o contradictorios, resulta un vicio que afecta de validez la sentencia atacada”, se desprende de la resolución.
Otro punto que abordó el STJ fue la incorporación en la sentencia de los magistrados un argumento presentado por la defensa del acusado que sugiere que la víctima “copió” los hechos denunciados de la película Enredados.
“La postura planteada por la defensa, sin la debida plataforma científica que la respalde, no puede servir como fundamento válido si no se encuentra acompañada de otras pruebas que la corroboren. A ello cabe agregar que profesionales intervinientes han concluido en sentido contrario, informando que la niña no fábula ni fantasea“, sostiene el STJ.
Sobre esa cuestión, el abogado querellante, Hugo Zapana, dijo a LVM: “El tema de la película es una de las tantas cuestiones que planteó la defensa diciendo que los abusos la nena los había copiado de una película de un gusanito malo de Rapunzel y otra más, pero no tiene absolutamente nada que ver, la nena tuvo lesiones en la zona genital insoslayables que el tribunal parece que estaba del lado de la defensa y no del lado de la niña”.
En tanto, el STJ destacó la “complejidad” y “particularidades de la causa”. Sin embargo, enfatizó que “no debe perderse de vista la delicada que deben efectuar los juzgadores, teniendo presente la suficiente y debida argumentación que debe tener todo decisorio y los principios constitucionales que deben primar en toda causa penal”.
Por lo cual, los ministros Cristina Irene Leiva, Ramona Beatriz Velázquez, Froilán Zarza, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset, Juan Manuel Díaz, Cristian Marcelo Benítez y la presidenta del Supremo Tribunal, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, resolvieron dar lugar al recurso impuesto por la defensa de la víctima y la fiscalía y anularon la sentencia del Tribunal que absolvió por el beneficio de la duda al progenitor de la menor.
Además, el Supremo Tribunal de Justicia dispuso que se realice un nuevo juicio.
Absolvieron por beneficio de la duda a hijo de funcionaria acusado de abuso