Luego del anuncio, el jueves pasado, de la baja de las retenciones a los principales productos agrícolas y la eliminación para economías regionales y el cuero bovino que todavía tributaban derechos de exportación, el Gobierno formalizó y dio detalles de la medida con un decreto publicado en el Boletín Oficial. Lo hizo a través del decreto 38 firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Como había informado el Gobierno, la rebaja para los productos agrícolas será temporal, hasta el 30 de junio próximo. Esto quedó consignado en el artículo 2 del decreto y en su respectivo anexo. La soja pasó del 33 al 26%; sus derivados, la harina y el aceite, de 31 al 24,5% y el biodiésel quedó en el 23%. El trigo, la cebada, el sorgo y el maíz tuvieron una disminución del 12% al 9,5% y el girasol del 7%, al 5,5%. En tanto, por el artículo 1 del decreto se quitaron las retenciones al algodón, arroz, tabaco, entre otras economías regionales, y el cuero bovino. Este último ítem era un largo reclamo de la industria frigorífica que se quejaba de la existencia de un derecho prohibitivo que durante muchos años tuvo un precio ligado al cuero en Estados Unidos y no en la Argentina. El cuero es parte del “recupero” de la industria y muchos opinan que si hay una mejor condición para exportar esto incluso hasta derivaría en mejores precios para los consumidores de carne. La traba se removió al incluirse las posiciones arancelarias 4101.20.00, 4101.50.10, 4101.50.20 y 4101.50.30.
¿Mejoran? Cómo podría impactar en los márgenes agrícolas la baja de retenciones
La rebaja de retenciones a los granos tiene, según lo dispuesto por el decreto, una condición clave para acceder a las menores alícuotas: las divisas se deberán liquidar en al menos un 95% hasta quince días hábiles de presentada la declaración jurada para exportar por parte de la empresa que vende al exterior. Para recordar, después del anuncio, en un comunicado la Secretaría de Comercio había mencionado el plazo de los quince días, pero no el 95% ahora detallado. Se descontaba entonces que iba a ser el 100%.
Así lo consiga ahora el artículo: “Los sujetos que exporten las mercaderías que se encuentren comprendidas en las previsiones de la Ley N° 21.453 y sus modificaciones podrán acceder a la alícuota establecida en los términos del párrafo precedente en la medida que, adhiriendo a dicho beneficio a través de los mecanismos que a tal efecto establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), liquiden al menos el noventa y cinco por ciento (95%) de las divisas respecto de esas mercaderías en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la presente medida y hasta quince (15) días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa”.
Para destacar, si no se cumple con esta exigencia se deberán pagar las alícuotas anteriores al decreto, que en el caso del grano de soja se trata del 33% mientras que en trigo y maíz del 12%, por ejemplo. El decreto de Milei lo dejó claro así: “Vencido el plazo al que se refiere el primer párrafo de este artículo o de no cumplimentarse lo previsto en el párrafo anterior, deberá tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigencia de la presente medida”.
El decreto, en su artículo 5, habilita a ARCA, la Secretaría de Agricultura y el Banco Central a dictar las normas aclaratorias, complementarias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el decreto. Hace unos días fuentes de la agroindustria dejaron deslizar que la implementación, por las normativas que faltan, podían hacer demorar la instrumentación efectiva de la medida.
El contexto
El Gobierno accedió a la rebaja de las retenciones a los granos en medio de un fuerte reclamo de la dirigencia rural. En rigor, se conjugó un cóctel de bajos precios internacionales y el impacto de la sequía en el último mes. Por el efecto del clima, el jueves pasado la Bolsa de Cereales de Buenos Aires bajó en un millón de toneladas su estimación de cosecha de soja, a 49,6 millones de toneladas. Para tener una dimensión de lo que provocó la falta de lluvias, la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) calculó que en la zona agrícola núcleo más de 2 millones de hectáreas con soja de primera siembra, que representa el 55% del área total implantada allí se encuentra en condiciones de regulares a malas. El porcentaje era del 25% la semana anterior.
Por otra parte, también por la falta de agua y las elevadas temperaturas, la Bolsa de Cereales porteña recortó en un millón de toneladas, a 49 millones de toneladas, su previsión de recolección del maíz. Vale recordar, en tanto, que a mediados del mes la BCR había bajado en 4 millones de toneladas, a 48 millones de toneladas, su cálculo para la cosecha de este cereal.
En los fundamentos del decreto de Milei se consigna que “el país se encuentra transitando efectos climáticos adversos, afectando el rendimiento de los cultivos agrícolas, que causan pérdidas en la producción agropecuaria”. También que esto, “sumado a la baja de sus precios internacionales, requiere de la instrumentación de políticas que permitan no solo su recuperación a corto plazo sino la mejora de su perspectiva de exportación”.