El juez federal Sebastián Casanello procesó a once personas y a dos empresas constructoras en una causa que investiga sobornos, fraude al Estado y falsificación de documentos en la que están involucrados exfuncionarios de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
Un dato central de este expediente es que fueron procesadas dos sociedades anónimas (y no solo sus representantes). Son Lemiro Pablo Pietroboni S.A. y Luis Losi S.A. Se trata de una de las primeras investigaciones que aplican la ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, sancionada en 2017, en un caso de sobornos.
Casanello ya había procesado a los principales imputados, pero el 7 de septiembre pasado, la Sala II de la Cámara Federal revocó esa decisión y le ordenó al juez “evaluar nuevamente” los pedidos de medidas de prueba de las defensas. El juez relató en su fallo que dispuso nuevas medidas (incluidos peritajes, informes técnicos y declaraciones de testigos), afirmó que esos elementos “echaron luz sobre los interrogantes planteados”, volvió a procesar a los acusados alcanzados por su fallo anterior y sumó a nuevos procesados.
La causa se inició el 18 de diciembre de 2017 por una denuncia del entonces Administrador General de la DNV, Javier Iguacel, contra funcionarios del organismo que debían supervisar la ejecución de obras viales en Córdoba y Buenos Aires. Los hechos bajo investigación sucedieron en 2017 y 2018.
En esta causa fueron determinantes los testimonios de dos agentes estatales: una auditora que inspeccionó las obras y advirtió que se estaban pagando trabajos no hechos (pese a que, según pruebas reunidas en el expediente, intentaron engañarla escondiéndole datos y borrando de urgencia información para que ella no la viera) y un supervisor de obra de Vialidad a quien –de acuerdo con su relato- su jefe quiso convencer de que se sumara a la maniobra, pero él se negó.
El jefe en cuestión es Guillermo Crisci, que aparece vinculado a los tres hechos que se investigan en esta causa. Los dos primeros son por presuntos pagos indebidos a empresas a cargo de obras en la Ruta Nacional N° 19, en Córdoba, en el tramo II: “Cañada Jeanmarie-Arroyito” y en la misma ruta, en el tramo siguiente: “Arroyito-Río Primero”. El tercer hecho es un supuesto pedido de sobornos a otros contratistas a cambio de facilitarles el desarrollo de los trabajos de construcción que estaban haciendo en la obra vial ejecutada en el tramo Pergamino-Fontezuela de la Ruta Nacional N° 8.
Las presuntas maniobras vinculadas a las obras en la Ruta 9 consistían fundamentalmente en hacer terraplenes más bajos que lo que declaraban. El Estado, entonces, pagaba de más y las empresas retribuían con “retornos” a los funcionarios. ¿Cómo lo hacían? Contratando a otras empresas que eran de prestanombres de los funcionarios en cuestión –una de ellas, la mujer de Crisci-, según la hipótesis que sostuvo Casanello en su fallo, firmado el 13 de diciembre pasado.
“Bajamos los perfiles y nos repartimos la plata. Vos confiá en mí. Te vas a llenar de plata”, le habría dicho Crisci al supervisor de obra que debía fraguar el documento que consignaba la altura del terraplén. Crisci, que lo había designado en el puesto, disconforme porque su empleado no quería sumarse, le habría dicho –según declaró el testigo-: “Así como te puse, te saco”.
La lista de los procesados incluye a los exfuncionarios Crisci (excoordinador ejecutivo de la Dirección de Obras de Casa Central de la DNV), Fernando Mardiza (supervisor) y Ernesto Leal (topógrafo, que a diferencia de los otros dos exfuncionarios, no fue procesado por cohecho sino solo por fraude y falsificación de documento). También incluye a tres directivos de las empresas constructoras (Gabriel Pedro Losi, Maximiliano Pietroboni y Jorge Horacio Fernández), a las dos personas jurídicas, a trabajadores de menor rango dentro de las empresas y a quienes actuaron como presuntas “personas interpuestas” de los funcionarios en el cobro de las dádivas, incluidas las esposas de Mardiza y Crisci.
Tras las presentaciones de las defensas contra los procesamientos, el caso regresó a la Cámara Federal para una nueva revisión. En su fallo del año pasado, los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah entendieron que no existía “mérito suficiente” como para procesar o sobreseer a los imputados.
Uno de los principales argumentos de defensa de las empresas es que la ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas se sancionó después de iniciada la causa y que, por ende, no puede aplicarse a este caso. Según el juez, si bien es cierto que la maniobra delictiva empezó antes, no se habían agotado los hechos cuando entró en vigencia la ley porque durante 2018 se siguieron pagando presuntos retornos a los funcionarios públicos.
Casanello procesó a Lemiro Pablo Pietroboni S.A. y a Luis Losi S.A. por el delito de cohecho activo y ordenó trabarles un embargo de $632.381.436,96.
El juez hizo alusión en su fallo a las particulares características de los casos de corrupción y cómo deben investigarse. “Las investigaciones de delitos de corrupción demandan la tarea de hilar una sucesión de circunstancias fácticas (previas, contemporáneas y sucesivas al hecho delictivo) que inicialmente, vistas en forma individual, pueden parecer inconexas e incluso lícitas. No obstante, sometidas a un abordaje sistémico que contemple detenida y exhaustivamente las distintas aristas del caso, permiten develar un trasfondo de intereses espurios alineados a partir de la coordinación de aportes fragmentados, atendiendo a las privilegiadas posiciones que ocupan los actores involucrados, tanto dentro de la administración pública como desde el sector privado”, afirmó el juez.
Según Casanello, “detener el examen en esa mera superficialidad asegura el fracaso de toda investigación sobre este tipo de criminalidad compleja” y “lo mismo cabe decir en relación a la responsabilidad de las personas jurídicas y sus sistemas de compliance, donde el análisis no puede reducirse a la sola existencia de procedimientos y rituales”.
El juez destacó además que ”la mecánica de los hechos de corrupción” investigados en esta causa tiene muchas semejanzas con las otras investigaciones de criminalidad compleja que “tuvieron como principales actores a altos funcionarios de la Dirección Nacional de Vialidad (designados a lo largo de diferentes gestiones)”. Esto, a su juicio, revela “posibles problemas estructurales y fallas en la prevención” de los delitos en la órbita de Vialidad. Por eso, el juez ordenó hacerle llegar este fallo a la Subsecretaría de Integridad y Transparencia de la Oficina Anticorrupción.