Pese a que la Aprevide (Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte) le habia aplicado un castigo de dos partidos sin público a Gimnasia La Plata por los incidentes causados por algunos de sus hinchas en el duelo ante Deportivo Español por la Copa Argentina, el Lobo apeló y consiguió que le redujeran la pena este sábado, por lo que los fanáticos podrán estar presente en el Bosque para el duelo ante Godoy Cruz el domingo (19:15), por el Torneo Apertura. Eso sí: será con restricciones.
La pena original era de un partido sin público, que se aplicaba en este encuentro ante Godoy Cruz, y de otro más también sin sus hinchas en los 16avos de final de la Copa Argentina, para los que aún no hay fecha (ni rival). Pero todo se redujo a una limitación en el aforo para el duelo ante el Tomba, además de otras restricciones como la prohibición de instrumentos muciales.
En concreto, la Aprevide resolvió la siguiente pena para el partido ante Godoy Cruz:
-Estará prohibida la venta de entradas generales, «permitiendo el ingreso solo a socios, y a concurrentes que posean protocolos emitidos para la Liga Profesional de Fútbol otorgados con antelación a la presente sanción».
La hinchada de Gimnasia contra Deportivo Español (Fotobaires).
-Estarán habilitadas las plateas y palcos, mientras que «las tribunas populares Centenario y Avenida 60, contarán con una reducción del aforo del cuarenta (40) por ciento, conforme a las habilitaciones reglamentarias correspondientes, y la organización de esta disposición será de la manera que el organizador lo considere pertinente teniendo en cuenta los accesos y las capacidades de ambas».
-«Estarán prohibidos, hasta que esta Agencia disponga lo contrario, todos los instrumentos musicales, tirantes, telones, banderas, y cualquier otro elemento que requiera autorización, permitiendo solamente banderas de 2 metros por 1 metro en todo el estadio».
Además, se indicó que «el organizador deberá garantizar el impedimento del ingreso de personas que tengan prohibición de concurrencia y/o derecho de admisión, y de aquellas otras que pudieran ser individualizadas como partícipes de los hechos y conductas que motivaron la presente resolución, en cuyo caso darán aviso a las autoridades policiales», y que la comisión directiva de Gimnasia deberá «garantizar el estricto cumplimiento de lo dispuesto, sin perjuicio de las normas reglamentarias».
El comunicado de la Aprevide
«El secretario ejecutivo de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte resuelve:
ARTÍCULO 1º. Hacer lugar al recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio (art. 89 cc y ss Dec Ley 7674/70) presentado por el Club de Gimnasia y Esgrima La Plata.
ARTÍCULO 2°: Establecer que para el próximo encuentro futbolístico en el que el primer equipo del Club Gimnasia y Esgrima La Plata actúe como local en el estadio “Juan Carmelo Zerillo”, estará prohibida la venta de entradas, permitiendo el ingreso solo a socios, y a concurrentes que posean protocolos emitidos para la Liga Profesional de Fútbol otorgados con antelación a la presente sanción.
ARTÍCULO 3°. Disponer que en el marco de la sanción del artículo 2°, estarán habilitadas las plateas y palcos, mientras que las tribunas populares Centenario y Avenida 60, contarán con una reducción del aforo del cuarenta (40) por ciento, conforme a las habilitaciones reglamentarias correspondientes, y la organización de esta disposición será de la manera que el organizador lo considere pertinente teniendo en cuenta los accesos y las capacidades de ambas.
ARTÍCULO 4°. Determinar que, bajo las mismas condiciones establecidas en los artículos N° 2 y 3, estarán prohibidos, hasta que esta Agencia disponga lo contrario, todos los instrumentos musicales, tirantes, telones, banderas, y cualquier otro elemento que requiera autorización, permitiendo solamente banderas de 2 metros por 1 metro en todo el estadio.
ARTÍCULO 5°. Establecer que el organizador deberá garantizar el impedimento del ingreso de personas que tengan prohibición de concurrencia y/o derecho de admisión, y de aquellas otras que pudieran ser individualizadas como partícipes de los hechos y conductas que motivaron la presente resolución, en cuyo caso darán aviso a las autoridades policiales.
ARTÍCULO 6°. Establecer que la comisión directiva del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata, a través de los responsables de la organización, deberán garantizar el estricto cumplimiento de lo dispuesto, sin perjuicio de las normas reglamentarias.
ARTÍCULO 7°. Registrar, comunicar a la institución deportiva, a la Asociación de Fútbol Argentino, y Estación de Policía involucrada, publicar, dar al Boletín Informativo y al SINDMA. Cumplido, archivar».