La Corte Suprema de Justicia rechazó este viernes por inadmisible otro recurso de queja de la defensa del ex ministro de Planificación K Julio De Vido (75 años) en el marco de la causa por la Tragedia de Once donde está condenado por administración fraudulenta. El ex funcionario buscaba apartar a dos jueces que debían reevaluar el monto de la pena en su contra.
Mientras la Corte Suprema estaba revisando la presentación que este viernes fue rechazada, el 30 de abril último, la Cámara Federal de Casación Penal avanzó con las definiciones y fijó la pena en cuatro años de cárcel inhabilitación para ejercer cargos públicos perpetua, accesorias legales y costas, con la firma de los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos.
La tragedia de Once ocurrió el 22 de febrero de 2012 cuando un tren de la línea Sarmiento chocó contra uno de los andenes de la estación y provocó la muerte de 51 personas -una de ellas embarazada- y dejó a otras 789 heridas.
En la causa llamada Trenes chatarra, el tribunal le impuso a Julio De Vido una condena de 4 años de prisión por ser coautor de «defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública». De Vido ya está condenado por la Tragedia de Once y cumple prisión domiciliaria a la espera de que sus sentencias queden firmes. Si sus condenas quedan firmen como tiene 75 años podrá optar por prisión domiciliaria y así no volverá a la cárcel.
Mientras enfrenta otros juicios orales en las causas lamadas “Mamá Corazón” con Andrea del Boca y “Skanska” y sigue con arresto domiciliario en su chacra de Puerto Natal, cerca de Zárate. Y está procesado en las causa por irregularidades en lla creación del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T) del Estado, Cuadernos de las Coimas, el otorgamiento irregular de subsidios a colectivos, Odebrecht y la ampliación de Yacimientos Carboníferos Fiscales, entre otros, informaron fuentes judiciales.
En diciembre de 2015, el Tribunal Oral Federal 2 determinó que el choque ocurrió por el mal estado de funcionamiento del tren ya que no tenía el mantenimiento que requería a pesar de los fondos que el estado le daba y por una actitud negligente del conductor. Las conclusiones de ese fallo llevaron al juez Claudio Bonadio a investigar el rol de De Vido, que hasta ese momento no había sido llamado a indagatoria.
El segundo juicio llegó en 2017 y terminó al año siguiente con su condena a cinco años y ocho meses de cárcel. El Tribunal Oral Federal 4 concluyó en el juicio que De Vido fue responsable de la malversación de los fondos públicos que el estado le dio a TBA y que la empresa no aplicó al servicio ferroviario. Según se sostuvo, el Ministerio de Planificación no controló el destino del dinero a pesar que informes públicos alertaron sobre el mal funcionamiento de los trenes. No obstante, los jueces lo absolvieron al ex ministro del estrago por las muertes porque entendieron que la responsabilidad del choque fue del maquinista del tren.
En diciembre del 2020, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a cinco años y ocho meses de cárcel que había recibido por su responsabilidad en la tragedia de Once.
La defensa apeló. La Corte Suprema confirmó en 2023 la absolución de De Vido por el estrago y en 2024 ratificó la condena por la administración fraudulenta. Pero el tribunal aceptó una parte de la apelación de la defensa del ex funcionario: admitió que no se había fundado debidamente el monto de la pena impuesta que era mayor a la de otros implicados por los delitos. Por eso, ordenó imponer una nueva pena a la Cámara Federal de Casación Penal.
Los jueces encargados de analizar el caso fueron los integrantes de la Sala III: Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos. La defensa recusó a Hornos y a Mahiques por entender que estaba afectada su imparcialidad. La mayoría de la sala integrada para resolver el planteo, compuesta por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroeteveña, rechazó la presentación. En disidencia votó la jueza Angela Ledesma. Contra esa decisión, la defensa llegó en queja a la Corte Suprema que con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazaron la presentación por inadmisible
Sobre la firma
Daniel Santoro
Periodista de investigación y editor judicial [email protected]
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