Misiones
Iguazú: Bareiro afirmó que el Concejo no sesionó porque los ediles no fueron a trabajar
El presidente del Honorable Concejo Deliberante, Javier Bareiro, hizo uso del artículo 110 durante la sesión ordinaria de este jueves 12 de junio para afirmar que no han sesionado durante la campaña proselitista porque no se emitieron despachos de comisión por parte de los concejales. Afirmó que la actividad por parte de los concejales fue prácticamente nula y que es imposible sesionar sin el paso previo del trabajo de comisión.
Esta fue la primera vez que Javier Bareiro dejó su lugar en la presidencia por unos minutos para responder un cuestionamiento realizado mediante el uso del artículo 110 por el edil Alejandro Verón, que aseguró no haber sido notificado de la suspensión del trabajo legislativo, entre otras tantas denuncias.
En su alocución, Bareiro indicó: “Quiero comentarles que para que haya sesión tiene que haber despacho y para que haya despacho tiene que haber trabajo de comisión. Los concejales no vinieron a trabajar”. Agregó: “Tenemos un libro donde se registra la asistencia a los trabajos que se realizan en las sesiones y en la comisión. Al no haber despacho, no hubo sesiones”.
Además, remarcó: “Desde esta presidencia se van a tomar medidas con las ausencias como corresponde y como manda el reglamento interno”.
El reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante, en el artículo 19°, indica que los concejales quedan obligados a asistir a todas las sesiones del cuerpo y de las comisiones internas para las que hubieren sido designados desde el día de su incorporación. En el artículo 20° indica que deben avisar sus ausencias a la presidencia. En el artículo 21° remarca que el concejal que se considere impedido de asistir a las sesiones del cuerpo y/o de las comisiones internas informará a la presidencia o dejará aviso en la secretaría. Cuando la inasistencia se prolongase por más de tres sesiones consecutivas, incluida la sesión semanal obligatoria de las comisiones internas, será necesaria una autorización especial del Concejo.
Respecto a las sanciones para los concejales que no asisten a las comisiones, el artículo 22° detalla que las ausencias sin aviso o sin el consentimiento del Concejo, cuando este corresponda, serán sancionadas con la pérdida de dietas y gastos de representación en proporción directa al número de inasistencias, computándose a tal fin las sesiones del cuerpo y de las comisiones internas.
Cabe destacar que el reglamento interno también prevé que las licencias que soliciten los concejales serán resueltas por el Concejo en votación especial, incorporándose en su reemplazo y por el tiempo que dure la misma los concejales suplentes. En el caso de licencias por la campaña, son sin goce de sueldo. No trascendió si los concejales que disputaron las últimas elecciones solicitaron licencia, ya que no se trataron los pedidos en el recinto.
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