Laselecciones 2025 en Santa Fe llegarán en dos hitos clave del calendario: el 13 de abril (Convencionales Reformadores y PASO municipales y comunales) y el 29 de junio (generales municipales y comunales).
Para los votantes de 18 a 70 años, el sufragio sigue siendo obligatorio según el Código Electoral Nacional; no cumplirlo acarrea sanciones económicas y restricciones civiles que conviene conocer.
Este artículo detalla las multas, los pasos para justificar la no emisión del voto, quiénes están exentos, cómo consultar el padrón y qué ocurre si se vuelve a faltar.
¿Cuáles son las multas por no ir a votar?
La Ley 19.945 fija una escala de sanciones (art. 125) que se actualiza automáticamente con cada ciclo electoral. El valor base para 2025 sigue dentro del rango legal, y la Cámara Nacional Electoral ratifica una penalidad mínima de $100 para quienes jamás regularicen su situación.
¿Cuáles son las multas por no ir a votar?
Además, el infractor no podrá realizar trámites en organismos públicos por un año ni ser designado en cargos estatales por tres años.
Escala oficial de multas 2025 por no ir a votar:
- $50: primera infracción en un solo turno.
- $100: dos faltas consecutivas.
- $200: tres faltas consecutivas.
- $400: cuatro faltas consecutivas.
- $500: cinco o más faltas dentro del mismo padrón de dos años
Cumplir este pago libera inmediatamente las inhabilitaciones; la boleta se genera en infractores.padron.gob.ar y puede abonarse por home banking o en sucursales del Banco Nación.
Cómo justificar el no voto: así podés hacer el trámite por internet en Santa Fe
Quienes no puedan concurrir a los comicios 2025 deben justificar la ausencia dentro de los 60 días posteriores. El Tribunal Electoral santafesino habilitó un formulario online de “Justificación de la no emisión del sufragio” donde se carga DNI, elección y causal.
También se acepta la vía nacional a través del sitio de la Dirección Nacional Electoral, que permite adjuntar certificados médicos o constancias de fuerza mayor.
- Ingresá con tu DNI al portal provincial o al nacional.
- Seleccioná la elección (Convencionales Reformadores o Generales).
- Adjuntá el respaldo (certificado de salud, constancia policial, pasajes, etc.).
- Descargá la constancia digital; queda registrada en el sistema en 72 horas.
- Recordá conservar la documentación original al menos dos años por si la Justicia Electoral la solicita.
Elecciones 2025 en Santa Fe: qué pasa si no voté en las elecciones anteriores
Acumular faltas sin justificación expone al elector a multas crecientes y a la suspensión de trámites oficiales (pasaporte, subsidios, becas).
Elecciones 2025 en Santa Fe: qué pasa si no voté en las elecciones anteriores
Si arrastras infracciones de años previos, el sistema suma los montos y exige la cancelación total antes de habilitarse para emitir el sufragio 2025. Para regularizar:
- Consultá tu estado en infractores.padron.gob.ar.
- Generá cada boleta de pago pendiente.
- Aboná y descargá la constancia.
- Recién entonces tu nombre desaparecerá del Registro de Infractores y recuperarás la plena capacidad cívica.
Elecciones 2025 en Santa Fe: quiénes están exentos de votar
El artículo 12 del Código establece exenciones claras:
- Jueces y auxiliares de turno durante los comicios.
- Enfermos o imposibilitados por fuerzas mayores certificadas.
- Trabajadores de servicios públicos indispensables el día de la elección.
- Electores a más de 500 km de su mesa (con constancia policial).
- Mayores de 70 años y jóvenes de 16-17 años (voto optativo).
- Quedan obligados todos los ciudadanos argentinos de 18 a 70 años empadronados y los extranjeros habilitados en Santa Fe.
Deben votar sí o sí:
- Argentinos 18-70 años.
- Residentes extranjeros inscriptos.
- Personal de fuerzas de seguridad empadronado en su mesa.
- Autoridades de mesa y fiscales partidarios.
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