Los goles de Alexis Cuello y Gastón Hernández para el triunfo por 2-1 de San Lorenzo en Córdoba ante Talleres, por la primera fecha del Clausura, quedaron atrás, en un plano muy apartado. Sobre todo después del lunes convulsionado que atravesó el club de Boedo en el plano institucional.
Durante el fin de semana, y casi tres meses después de conocerse las imágenes en las cuales se veía que Marcelo Moretti se guardaba un fajo de 25 mil dólares en el bolsillo de su saco en la oficina presidencial de Avenida La Plata, el Tribunal de Ética del club se reunió y determinó que “se destituya a Moretti en su actual cargo de Presidente, su inhabilitación absoluta para ejercer cargos electivos y/o actuar en comisiones, departamentos del club y/o ser asesor y expulsión en su calidad de socio: en razón de haber sido considerado responsable de la comisión de conductas calificadas como infracciones muy graves».
Además, recomienda proceder, de forma inmediata, a la suspensión de Moretti hasta tanto se expida la Asamblea de Representantes.
En mi carácter de presidente del Tribunal de Ética y Disciplina de @SanLorenzo comparto la parte resolutiva del Dictamen hoy firmado.
La sanción fue solicitada a la Asamblea, que requiere una mayoría especial —al menos 68 votos— para aprobarlo. pic.twitter.com/PbinCAwI9d— Leandro Chizzini (@LeandroChizzini) July 14, 2025
LA RESOLUCIÓN COMPLETA
IV.- En consecuencia, el Tribunal de Ética y Disciplina del Club Atlético San Lorenzo de Almagro, en ejercicio pleno de las facultades que le confiere el Estatuto Social,
RESUELVE:
- I-SOLICITAR a la Asamblea de Representantes: la DESTITUCIÓN de MARCELO LUIS ÁNGEL MORETTI, D.N.I. N° 24.927.491, en su actual cargo de Presidente, su INHABILITACIÓN ABSOLUTA para ejercer cargos electivos y/o actuar en comisiones, departamentos del club y/o ser asesor Y EXPULSIÓN en su calidad de socio: en razón de haber sido considerado responsable de la comisión de conductas calificadas como infracciones muy graves en los términos del artículo 35, inciso 3, letras d) y h) del Estatuto Social.
- Esta decisión encuentra sustento estatutario en lo establecido por los artículos 1; 3; 4, incisos a), b) y g); 8; 12; 32 inciso b) y c); 35 inc. 3, letras d) y h); 36; 40; 42; 62, inciso t); 163, incisos e) y f); 68, inciso g); 82, inciso h).
- II- HACE SABER a la Comisión Directiva que, a fin de salvaguardar el normal funcionamiento de los órganos de gobierno, preservar la legalidad institucional y evitar un mayor perjuicio reputacional y operativo para el Club, se impone el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 40 del Estatuto, recomendando proceder, de forma nmediata, a la suspensión del Sr. Marcelo Luis Ángel Moretti hasta tanto se expida la Asamblea de Representantes.
- III- NOTIFIQUESE la presente a las partes, a la Asamblea de Representantes a los fines de poner en funcionamiento el procedimiento previsto por el Estatuto para la ejecución.