Después de crear en mayo pasado un régimen simplificado de importaciones de pequeños envíos desde el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego hacia el resto del país, el Gobierno estableció este viernes qué mercaderías podrán ser comercializadas en el marco de esa regulación, exclusiva para consumidores finales y a productos de uso personal, con ciertos límites.
Lo hizo a través de la Resolución 286/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada en el Boletín Oficial con la firma del responsable de ese organismo, Esteban Marzorati.
El listado que, como anexo, se publicó junto a la normativa, detalla que los productos incluidos son como afeitadoras, aire acondicionado, amplificador-sintonizador, aspiradoras, batidoras, cafeteras, cajas acústicas, caloventores, cámaras fotográficas digitales, cartuchos electrónicos para juegos electrónicos de video, cassettes de audio, cuchillos eléctricos, depiladoras, despertadores y ecualizadores.
También están dentro de la nómina equipos de radiocomunicaciones móviles, freidoras, microondas, lavarropas, módems, monitores, notebooks y netbooks, picadoras, procesadoras de alimentos, radiorelojes, receptores de radio y televisión, decodificadores de señales de video, tablets, televisores, videocámaras y reproductores de audio, entre otros.
La normativa expresa que las mercaderías comprendidas en el régimen “deberán contar con la correspondiente acreditación de origen conforme al régimen de la Ley N° 19.640 y su normativa complementaria”.
Por intermedio del Decreto 334/2025, publicado el 20 de mayo pasado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo había creado el régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias. Según se aclaró en ese documento, “el mecanismo para la compra y venta de bienes industriales originarios” desde Tierra del Fuego “hacia el territorio nacional continental a consumidores finales” resultaba “un trámite extremadamente burocrático y engorroso” que dificultaba y perjudicaba dicha actividad.
En resumen, la normativa pretendió facilitar el acceso a bienes producidos en la provincia más austral, bajo el régimen promocional establecido por la Ley 19.640, que otorga beneficios fiscales y aduaneros a las empresas radicadas allí con el objetivo de fomentar el desarrollo económico y establecimiento de población en la región.
El nuevo mecanismo permite que las personas humanas residentes en el Territorio Nacional Continental, es decir todo el país excepto Tierra del Fuego, puedan recibir productos fueguinos mediante compras realizadas en forma online a través de plataformas desarrolladas y habilitadas por las empresas interesadas.
En cuanto a las limitaciones, el artículo 2° afirmó que los envíos amparados por el presente régimen no pueden superar, por destinatario, las tres unidades de la misma especie por año calendario, con hasta un límite de valor FOB equivalente a 3000 dólares por envío.
ES
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