El Gobierno estableció la disolución de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), un organismo creado por decreto en 1999, y dispuso una revisión de esa normativa para reestructurar el sistema de control en el país y dejar en manos de los ministerios de Salud y Economía las actualizaciones de las normas del Código Alimentario Argentino (CAA).
La decisión, publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 538/2025, se tomó con el objetivo de simplificar estructuras, evitar superposiciones de funciones y acelerar los tiempos de respuesta en la producción y comercialización de alimentos.
El documento explicó que, en la actualidad, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), poseen las atribuciones y los equipos técnicos necesarios para llevar adelante las tareas de elaboración, revisión y propuesta de modificación de la normativa alimentaria de manera directa y coordinada.
“En este contexto, las funciones de coordinación y propuesta de actualización del Código Alimentario Argentino (CAA) pueden ser asumidas de forma más eficiente» por aquellos organismos, «sin necesidad de sostener la estructura administrativa de la citada Comisión”, argumentó el texto, que lleva las firmas de Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y los ministros de Economía y Salud, Luis Caputo y Mario Lugones, respectivamente.
De todas maneras, se aclaró que “la disolución de la Comisión Nacional de Alimentos no implica un menoscabo en la protección de la salud de la población ni en la calidad y sanidad de los alimentos, sino que busca optimizar los procesos de toma de decisión, concentrando las responsabilidades en los entes que detentan el poder de fiscalización y control”.
Además, se puntualizó que la medida “se inscribe en un proceso de revisión integral de los organismos y entes del Sector Público Nacional, con el fin de alcanzar una gestión más austera, eficaz y orientada a resultados, en beneficio del interés público”.
El decreto establece, además, que ahora el Ministerio de Salud, a través de ANMAT, y el Ministerio de Economía, por intermedio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, «mantendrán actualizadas las normas del Código Alimentario Argentino (CAA), resolviendo las modificaciones que resulten necesarias para su permanente adecuación a los adelantos que se produzcan en la materia, tomando como referencias las normas internacionales y los acuerdos celebrados en el MERCOSUR.
Las autoridades de ambos organismos podrán convocar a expertos para asesoramiento técnico, quienes “tendrán un plazo máximo de 15 días hábiles administrativos para presentar sus informes desde el acto de designación”.
La flamante normativa, en paralelo, deroga varios artículos del Decreto 815/999 entre los que se encontraban el que creaba cabinas sanitarias únicas para el control físico de alimentos en tránsito, consideradas obsoletas por la digitalización de trámites,.
También elimina la previsión en materia de campañas de prevención, que ahora quedarán a cargo de cada organismo según su competencia, y aquellos procedimientos que ya no tienen vigencia o generan superposición de funciones.
ES
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