El proceso judicial que inició Julieta Prandi contra su exmarido, Claudio Contardi, llegó a su final. Tras más de cinco años de presentada la denuncia. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Zárate-Campana resolvió condenar a Claudio Raúl Contardi a la pena de 19 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado. Además, se ordenó su inmediata detención, el pago de las costas del proceso y su incorporación al Registro Nacional de Personas Condenadas por Delitos Vinculados a la Integridad Sexual.
La denuncia presentada por la actriz derivó en una causa por abuso sexual con acceso carnal reiterado, violencia psicológica, violencia económica y amenazas. El fiscal había pedido 20 años de prisión y la querella, 50. Contardi negó todos los cargos y su defensa había pedido el fin del proceso.
Según el relato de Prandi en el juicio, los ataques sexuales comenzaron en 2015, poco después del nacimiento de su segundo hijo, Rocco. Asegura que fue sometida sexualmente, aislada de su entorno, humillada y despojada de sus recursos económicos. En su declaración judicial, afirmó: “Yo era su esposa y lo tenía que hacer. Mientras dormía me agarraba del cuello, se ponía por detrás, abusaba de mí y cuando acababa, salía y lo hacía sobre mi cuerpo. Cada vez que lo recuerdo me dan ganas de vomitar. No fui violada una vez, sino infinidad de veces”.
Contardi, por su parte, negó todos los cargos. Afirmó que siempre existió consentimiento en la relación y que es víctima de una campaña mediática. “Yo estaba enamorado, me casé enamorado y tuve dos hijos con ella, enamorado. Nunca abusé de ella sin su consentimiento. Durante todo este proceso, que lleva mucho desgaste, fuimos, con mi familia, amedrentados por Prandi a través de los medios de comunicación. Siempre me puse a derecho. Soy inocente”, sostuvo.
El fiscal Christian Fabio había solicitado una pena de 20 años de prisión. En su alegato, había valorado como agravantes la duración en el tiempo de los abusos y el daño psicofísico que, según afirmó, persiste en la actualidad e impacta también en los hijos de la pareja. Además, había mencionado que Contardi se negó a realizar una pericia psicológica. “Abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de ella, ejerciendo amenazas, violencia física, tomándola del cabello, del cuello por atrás accediéndole carnalmente mientras ella se negaba. Ejerció violencia psicológica diciendo que era su mujer y que era su obligación mantener relaciones sexuales”, había argumentado el representante del Ministerio Público Fiscal bonaerense.
La querella, representada por el abogado Javier Baños, había coincidido con los argumentos del Ministerio Público pero había reclamado una pena ejemplar: 50 años de prisión. Había justificado el pedido en la “magnitud del injusto, el daño lacerante producido y la perversidad brutal del imputado”.
El relato de Prandi
Durante el juicio y en sus intervenciones públicas, Prandi brindó detalles sobre las agresiones físicas y sexuales que, según su testimonio, sufría mientras dormía. Relató frases humillantes, control absoluto sobre su vida, retención de documentación, de su teléfono celular, cambios constantes de número para incomunicarla y viajes laborales interrumpidos abruptamente. También denunció que sus hijos eran utilizados como herramienta de manipulación. En varias oportunidades, advirtió que teme por su seguridad y responsabilizó a Contardi por cualquier daño que pudiera sufrir.
Entre los profesionales que respaldaron el relato de Prandi estuvieron el psiquiatra Rafael Herrera Milano, la psicóloga de la modelo, Flavia Crupi y la perito psicóloga Bárbara Tomasicci. Todos declararon como testigos y coincidieron en que la denunciante sufrió violencia física, sexual, psicológica y patrimonial por parte de Contardi. Además, afirmaron que no existían indicios de mendacidad en su testimonio.
También declararon familiares, amigos íntimos y personas del entorno de Prandi. Describieron un cambio drástico en su personalidad durante la convivencia con Contardi en la casa de Escobar y relataron que, al separarse, debió irse con lo puesto de su propia casa. Señalaron que no contaba ni siquiera con dinero para comprar alimentos o medicamentos cuando sus hijos se enfermaban. Mencionaron las condiciones deplorables en que le fue devuelta la vivienda en el country y la presencia constante de una mujer llamada Lorena, a quien definieron como una “carcelera” que no le permitía estar sola ni siquiera dentro de su hogar.
El único testigo presentado por la defensa fue Ángel Orlando Peloso, encargado de seguridad del barrio privado Septiembre, en Escobar, donde residía la pareja. Peloso declaró que conoce a ambos y que nunca advirtió situaciones inusuales durante los controles de acceso al predio. Relató que Prandi ingresaba y salía en remises, taxis o a pie, como cualquier otro residente.
El abogado defensor de Contardi, Claudio Nitzcamer, había solicitado la nulidad del proceso, argumentando que su cliente no fue debidamente informado sobre las implicancias de un juicio por jurados. Según expuso, su defendido deseaba ser juzgado bajo esa modalidad, aunque en su momento la rechazó cuando fue propuesta por la querella.
Contardi se negó a realizar todas las pericias psicológicas. Su defensa sostuvo que los testigos cercanos a Prandi carecen de objetividad y había sugerido que la denuncia fue presentada para impedir el contacto del acusado con sus hijos. En caso de condena, había pedido que se aplique la pena mínima. “Todos los que lo llamaron monstruo [al acusado] nadie tuvo ningún contacto con él como para formar una opinión válida”, había remarcado Nitzcamer.
A pedido de la querella, el tribunal había dispuesto la prohibición para Contardi de salir del país hasta la lectura del veredicto. También se extremaron las medidas de protección para Prandi y su familia, incluyendo custodia policial, prohibición de acercamiento y la entrega de un botón antipánico por parte del Ministerio de Seguridad.