La Cámara Federal de Casación Penal, en una sentencia firmada por los jueces Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky, anuló la decisión del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia que había otorgado la suspensión del juicio a prueba (probation) para Jorge Taboada, segundo de Hugo Moyano en la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, y otros 20 afiliados del gremio.
En consecuencia, los 21 imputados deberán enfrentar juicio oral y público bajo la acusación de encubrimiento en un caso que sacudió la escena regional: el desvío de dosis de la vacuna Sputnik V destinadas al personal de salud durante la pandemia. El expediente se originó en enero de 2021, cuando se detectó el faltante de 30 dosis de la vacuna Sputnik V del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia.
La investigación apuntó a una maniobra mediante la cual dirigentes gremiales habrían sido inoculados de manera irregular, pagando sumas que oscilaban entre 400.000 y 3.000.000 de pesos para acceder a las dosis, aun cuando no integraban los grupos prioritarios de salud. La suspensión del juicio a prueba originalmente concedida implicaba cumplir montos indemnizatorios, tareas comunitarias (96 horas) y otros requisitos de conducta para evitar el debate oral.
No obstante, ya habían sido condenados en instancias previas la enfermera Analía Muñoz (por hurto en concurso con cohecho pasivo, con pena de 3 años en suspenso) y Marcos Paura (empleado de la obra social, condenado por cohecho activo, 2 años y medio en suspenso) por su participación en el esquema que permitió la vacunación irregular.
La Cámara de Casación fundamenta su revocación en que la oposición del fiscal general, Teodoro Nürnberg, fue debidamente motivada y tiene carácter vinculante cuando se trata de delitos vinculados con corrupción, salud pública y participación de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. Esos delitos no son compatibles con la figura de probation en la doctrina penal, sostiene el fallo.
Además, el tribunal citó compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de lucha contra la corrupción, y subrayó que los casos que comprometen la reputación institucional del Estado deben ventilarse en juicio oral, “de cara a la sociedad”. En ese sentido se lee: “La probation en este caso resulta manifiestamente improcedente, toda vez que la apropiación por parte de Muñoz tuvo lugar durante su función laboral pública, la cual la posicionaba para la disponibilidad directa sobre esos bienes del Estado…”
Con este revés, los 21 imputados deberán responder ante un tribunal oral por encubrimiento, delito que tiene una pena máxima de dos años de prisión en suspenso, si son condenados. El fiscal Nürnberg impugnó la probation desde el inicio, alegando la gravedad institucional del caso y la necesidad de transparencia en causas que involucran al Estado y al sistema de salud.
Por su parte, la defensa del dirigente Taboada ha cuestionado la existencia de pruebas directas, calificando el expediente de basado en inferencias. En particular, el abogado Guillermo Iglesias sostuvo que no hubo evidencia científica (como análisis serológicos) que vincule a los imputados con las dosis desaparecidas.
Además, se rechazaron pruebas que podrían haber despejado dudas y sostuvo que el proceso fue impulsado “por su peso político”, más que por solidez probatoria. Al margen de la controversia, con la decisión de Casación, la causa tomará un nuevo rumbo. A partir de ahora, la causa vuelve al Tribunal Oral Federal para definir si procede llevar a juicio a los 21 imputados —o si algunos pueden seguir con beneficio de probation—, después de un nuevo examen de las condiciones legales.
Desde el mundo político y gremial, este caso tiene resonancias particulares: Taboada fue diputado nacional y es dirigente del poderoso sindicato de Camioneros en Chubut. El episodio se integra al debate nacional sobre los llamados “vacunatorios VIP” durante la vacunación contra el Covid-19.