El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la ciudad de Buenos Aires fijó un nuevo criterio para establecer cómo se calculan los intereses en los juicios por accidentes de trabajo. Por unanimidad, el tribunal estableció que se debe hacer por el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que es el indicador por el cual se establece la evolución promedio de los salarios en blanco.
El fallo es clave porque el TSJ –que es la máxima instancia judicial de la ciudad– tienen otras mil causas similares en las que aplicará el mismo cálculo. El tribunal modificó el criterio por el cuál los intereses en las indemnizaciones por accidentes laborales se calculaban por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
Ese era el criterio de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y que era más beneficioso para el trabajador y objetado por las empresas. Pero ahora el TSJ comenzó a intervenir en las causas laborales luego que la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en el fallo “Levinas”– estableció que el tribunal podía actuar en todas los expedientes nacionales como máximo tribunal de la ciudad.
La justica fijó un nuevo criterio para calcular indemnizaciones por accidente de trabajo
Por “Levinas” hubo una rebelión en la justicia nacional que no reconoce al TSJ porque entiende que su intervención es inconstitucional. Pero el tribunal comenzó a actuar en causas de distintas materias. De hecho, el de este miércoles es la primera vez que el tribunal revoca un fallo de la justicia nacional.
El fallo
Este miércoles resolvió por primera vez un caso laboral. Se trata del accidente que en febrero de 2023 sufrió un trabajador que le provocó una minusvalía del 21 por ciento. Por ese motivo la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) fue condenada a indemnizarlo. Para eso la Cámara Laboral aplicó el CER más un 6% anual de interés y declaró inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia 669/2019 del gobierno de Mauricio Macri que estableció el RIPTE.
La ART apeló el fallo y el TSJ le dio la razón. Los jueces Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi señalaron que la Cámara Laboral dictó la inconstitucionalidad del decreto sin fundamentos suficientes y cuando el RIPTE es un índice que se creó específicamente para calcular las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
Los jueces del TSJ de la ciudad con el jefe de gobierno
“La Cámara no analizó los efectos de la aplicación de la norma en el caso concreto, sino que se limitó a remitir en este punto a otro caso resuelto con anterioridad, de cuyos fundamentos se desprende que, en su evaluación, el DNU sería inconstitucional por no haberse verificado al momento de su dictado las condiciones de necesidad y urgencia”, señalaron los magistrados en su resolución a la que accedió Clarín y en la que también establecieron el RIPTE como método de cálculo.
El RIPTE y los efectos a futuro
El RIPTE establece el promedio de los sueldos registrados por mes que se calcula por las declaraciones de las empresas cuando hacen los aportes y contribuciones. Con ese promedio se establece el interés para calcular la indemnización un accidente de trabajo desde que ocurre hasta que se paga.
En disidencia votó la jueza Alicia Ruiz, que señaló que el fallo de la Cámara del Trabajo estaba fundamentado y que la apelación no rebatía esos argumentos.
“Este fallo de alguna manera da certezas para que las Cámaras apliquen un solo criterio unificado y que estas causas no queden eternamente acumuladas durante años sin resolver. Con esta medida se acelera para que los trabajadores cobren y al mismo tiempo las ART no se fundan”, explicó a este medio una fuente judicial.
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Martín Angulo
Redactor de la sección Política [email protected]
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