El gobierno nacional presentó el proyecto de reforma del Código Penal, para dejar atrás la normativa vigente por más de cien años. Entre las novedades se encuentra un capítulo destinado a combatir los delitos de corrupción pública, el lavado de activos y el decomiso de bienes vinculados al crimen organizado. La iniciativa introduce penas más severas, mecanismos de recuperación patrimonial y herramientas novedosas para impedir la impunidad.
La corrupción en Argentina puede analizarse en números, y todos ellos exponen una serie de dificultades: los tiempos de la justicia federal penal muchas veces no ayudan a clarificar los hechos ni a delimitar responsabilidades. Esa dificultad se combina con otra: las bajas penas para delitos contra la administración pública.
Las estadísticas muestran que de 1.138 expedientes permanecen abiertos aún hay 391 en instrucción, de los cuales el 70% llevan más de seis años en investigación. Los 30% restantes acumulan una década en los tribunales de Comodoro Py sin definiciones.
De ese universo, un mínimo porcentaje llega a la instancia de juicio oral, y ahí entra en un limbo. Cuando se llega a una sentencia, hay penas por defraudaciones millonarias o enriquecimientos ilícitos que no superan los seis años.
Pero hay otro dato que no debe pasarse por alto: la actual administración obtuvo 37 puntos sobre 100 en el Índice de Percepción de la Corrupción 2024, un análisis que se realiza a nivel global. Se trata del mismo puntaje que le otorgaron a la administración de Alberto Fernández.
Con ese telón de fondo, el gobierno tomó la decisión de avanzar en la reforma del Código Penal y duplicar las penas, sobre todo cuando se trata de exfuncionarios o funcionarios en ejercicio del cargo los que cometen los delitos.
“Se postulan nuevos delitos en perjuicio del Estado (…) Se castiga con especial atención la corrupción, el narcotráfico y modalidades delictivas actuales que dañan a la sociedad”, explicó el Ministerio de Justicia en la presentación.
El Código Penal actual data de 1921 y ha tenido más de mil reformas parciales que, en muchos casos, “resultan contradictorias y a esta altura desactualizadas (en ese entonces no existían los automotores, las tarjetas de crédito o medios de pago digitales, internet, inteligencia artificial, crimen organizado o los delitos transnacionales tan habituales en nuestros días)”, explicaron fuentes judiciales a Clarín.
Para atender este tipo de cuestiones, se escribió un capítulo especialmente dedicado a la corrupción, bajo la noción de “prevención general de la pena, como modo de concientizar a la ciudadanía de la vigencia de la norma y las consecuencias de infringir prohibiciones que lesionan el bien común y provocan daños a terceros, mediante la aplicación de sanciones sustanciales. El que las hace las paga”, señalaron desde el Gobierno.
En el marco del proyecto integral de reforma del Código Penal, la comisión redactora -conformada por el doctor Mariano Borinsky, la doctora María Eugenia Capuchetti y Jorge Buompadre, entre otros- presentó un capítulo que apunta a combatir los delitos de corrupción pública, el lavado de activos y el decomiso de bienes vinculados al crimen organizado.
“La iniciativa introduce penas más severas, mecanismos de recuperación patrimonial y herramientas novedosas para impedir la impunidad”, expusieron integrantes de dicha comisión.
Penas más duras contra la corrupción
El texto mantiene e incorpora una amplia gama de conductas ilícitas: desde el cohecho activo y pasivo, el tráfico de influencias y el soborno transnacional, hasta el enriquecimiento ilícito de funcionarios, la malversación de caudales públicos, las negociaciones incompatibles con la función y la utilización de información reservada.
En todos los casos se establecen escalas de prisión más altas, sanciones accesorias como la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y multas proporcionales al beneficio obtenido.
El cohecho (soborno) pasivo y activo, que ahora tiene una pena de 1 a 6 años, pasará de 3 a 10 años más la inhabilitación especial perpetua. Los agravantes serán: “Si el autor es Presidente, Vicepresidente, ministros, gobernadores, intendentes, magistrados o legisladores”, llevando los años de prisión de 5 a 15 años.
Si el soborno es para beneficiar imputados en narcotráfico, trata de personas, terrorismo u otros delitos graves, la pena será de 5 a 20 años. Más una multa adicional de 2 a 10 veces el beneficio económico.
En cuanto al tráfico de influencias, tanto en el rol activo como pasivo, que también tenía una prisión de 1 a 6 años, se elevó en el proyecto de reforma de 3 a 10 años, y si es ante altas autoridades se penará con 4 a 12 años. Cuando se utiliza para favorecer delitos graves, será también de 5 a 20 años y la multa de 2 a 10 veces el beneficio económico cometido.
El soborno transnacional, que actualmente se pena con una prisión de 1 a 6 años, se fijó en 3 a 10 años más la inhabilitación especial perpetua y una multa de 2 a 10 veces el beneficio económico.
Las dádivas, por ejemplo, es otro de los delitos que verá modificada su escala penal. Actualmente la acusación es de un mes a dos años de prisión, es decir: excarcelable. Ahora será de 1 a 6 años más la inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de condena, en el caso de quienes acepten la dádiva.
Quienes ofrecen la dádiva recibirán la misma pena: 1 a 6 años; agravado con más de un tercio de la pena e inhabilitación especial si el autor es funcionario. La multa se calculará en 2 a 10 veces el valor de la dádiva.
El peculado y la malversación de caudales públicos (éste último tiene en el presenta sólo una inhabilitación de un mes a 3 años) se fijó en la reforma del nuevo Código Penal, en 3 a 10 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua.
Entre otros delitos de corrupción se encuentra el uso de información reservada que está penado con 1 a 6 años de prisión, pasará a una escala de 2 a 8 años más la inhabilitación absoluta perpetua.
En el caso del enriquecimiento ilícito que hoy tiene una pena máxima de seis años, pasará a contar con una escala de 3 a 12 años, junto a la inhabilitación absoluta perpetua.
Si el enriquecimiento fue cometido por un presidente, vicepresidente, ministros, gobernadores, magistrados, legisladores o interpuestas personas (contadores, abogados, escribanos, etc.), la pena máxima se elevará a 15 años considerando dichos cargos como agravante.
La omisión de declaración jurada que tiene una pena de 15 días a dos años, se elevará a una escala de 1 a 3 años más la inhabilitación especial perpetua.
Uno de los ejes centrales en lo que el gobierno espera se convierta en el nuevo Código Penal, es la “tipificación reforzada del lavado de activos, que contempla tanto operaciones con dinero físico como con activos virtuales”. En este punto se imponen penas de hasta 10 años de prisión y multas de hasta 20 veces el monto de la operación.
Además, se prevén agravantes para casos cometidos por funcionarios, profesionales con habilitación especial o cuando los fondos provengan de delitos graves como narcotráfico, trata de personas o terrorismo.
Los decomisos y recupero de activos
El capítulo que agrava las penas en materia de corrupción también regula en detalle el decomiso de bienes, estableciendo que en toda condena “deben confiscárselos en favor del Estado y que, si no pueden ser localizados, se aplicará un decomiso por valor equivalente, con alcance a todo el patrimonio del condenado”.
Incluso se admite el decomiso anticipado —sin necesidad de condena— “en supuestos de fallecimiento, fuga o prescripción, siempre bajo control judicial y con salvaguardas para los terceros de buena fe”.
Con este esquema, “el proyecto busca fortalecer la transparencia, impedir el aprovechamiento económico del delito y garantizar que los bienes ilícitos se destinen al funcionamiento del Poder Judicial, el Ministerio Público y las fuerzas de seguridad”, indicó a Clarín el camarista Mariano Borinsky.
“Después de más de un siglo, la Argentina tendrá un Código Penal moderno, con herramientas eficaces contra la corrupción y el lavado”, destacaron desde la Comisión, subrayando que las disposiciones reflejan estándares internacionales y recomendaciones de organismos multilaterales.
Sobre la firma
Lucía Salinas
Redactora de la sección Política, especializada en noticias judiciales. [email protected]
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