El Gobierno oficializó un aumento del 1,8% en las tarifas de gas para los usuarios de Metrogas y de las empresas regionales de todo el país, que comenzará a regir desde el 1° de abril de 2026, como resultado de la actualización del precio del servicio, la aplicación de un nuevo tramo de la revisión quinquenal tarifaria y los mecanismos de ajuste mensual previstos en la normativa vigente. La medida se formalizó mediante una serie de resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
El aumento combina distintos factores. Por un lado, el traslado a las tarifas finales de los nuevos precios del gas establecidos en el marco del Plan Gas.Ar, que determinan el costo del fluido en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST).
A su vez, la resolución dispuso la aplicación de una nueva cuota del incremento surgido de la Revisión Quinquenal de Tarifas (RQT). Ese proceso prevé que el ajuste total se instrumente en treinta y un aumentos mensuales y consecutivos a lo largo del período 2025-2030.
El esquema tarifario también incorpora la actualización mensual prevista en las Reglas Básicas de la Licencia. Ese mecanismo se basa en la variación de índices definidos por el ente regulador y forma parte del sistema de adecuación periódica de los ingresos de la distribuidora.
De acuerdo con los valores incluidos en el anexo de la resolución, los montos varían según categoría y nivel de consumo. En el caso de los usuarios residenciales sin subsidios, el cargo fijo mensual para la categoría más baja (R1) se ubica en $3824 en la Ciudad de Buenos Aires y en $4416 en el conurbano, mientras que en los niveles de mayor consumo (R4) superan los $91.000 en la Capital Federal.
En paralelo, el cargo por consumo presenta valores escalonados que parten de $272 por metro cúbico en las categorías más bajas y superan los $400 en los segmentos de mayor demanda, según la estructura tarifaria definida para abril.
El detalle técnico del cuadro indica que el precio del gas en el PIST se ubica en $191,45 por metro cúbico en el área de Metrogas, al que se suman costos de transporte, costo de gas retenido y otros componentes regulatorios que determinan el valor final de la tarifa.
La normativa establece además que las bonificaciones se aplicarán sobre el Precio Anual Uniforme en el marco del régimen de subsidios energéticos focalizados (SEF), que agrupa a los usuarios residenciales con asistencia estatal y define los niveles de cobertura según la capacidad de pago.
También se determinan valores máximos para cargos adicionales que pueden aplicar las distribuidoras, como reconexiones, colocación de medidores y otros servicios vinculados a la prestación.
Por otra parte, la norma dispone que, en caso de que la entrada en vigencia coincida con un período de facturación en curso, se aplicarán mecanismos de prorrateo para reflejar los nuevos valores en las boletas.





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