El Gobierno dispuso un anticipo financiero de hasta $400.000 millones para doce provincias, con el objetivo de asistirlas frente a dificultades transitorias para afrontar gastos y deudas. La medida establece que los fondos deberán ser reintegrados dentro del ejercicio fiscal 2026, con intereses y mediante la afectación de recursos coparticipables.
La decisión se formalizó a través del Decreto 219/2026, publicado en el Boletín Oficial, donde se detalla que la asistencia se canalizará a través de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía. El texto señala que la iniciativa responde a pedidos de distintas jurisdicciones que manifestaron inconvenientes para cumplir con sus compromisos financieros más urgentes.
Las provincias alcanzadas por esta normativa son Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán. La asignación específica para cada distrito será definida por la Secretaría de Hacienda en función de la capacidad de repago de cada provincia, considerando su participación en la recaudación de impuestos nacionales.
Según se desprende de la normativa, los anticipos se otorgan a cuenta de los recursos que corresponden a las provincias por el régimen de coparticipación federal. En ese marco, el reintegro se realizará mediante retenciones automáticas sobre esos fondos, lo que implica que las jurisdicciones deberán autorizar previamente ese mecanismo para acceder a la asistencia.
El decreto también fija una tasa de interés del 15% nominal anual sobre los montos otorgados, que se aplicará desde el momento del desembolso hasta su cancelación. Además, faculta a la Secretaría de Hacienda a establecer las condiciones específicas de los desembolsos y a suscribir acuerdos individuales con cada provincia para definir los términos de devolución.
En el texto oficial publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo indica que varias provincias atraviesan una situación transitoria que les impide atender compromisos derivados de la ejecución presupuestaria y del pago de deudas. En ese sentido, sostiene que resulta necesario adoptar medidas inmediatas para garantizar el funcionamiento financiero de esas jurisdicciones.
La normativa también recuerda que la legislación vigente habilita al Ministerio de Economía a otorgar este tipo de anticipos, siempre que se trate de adelantos sobre fondos coparticipables y que se establezcan mecanismos de devolución dentro del mismo ejercicio fiscal. Asimismo, contempla la posibilidad de extender los plazos de reintegro, aunque sin superar el año en curso.
Noticia en desarrollo.





//






