San Luis se prepara para las elecciones provinciales del domingo 11 de mayo de 2025, en las que se elegirán 12 senadores y 30 diputados provinciales. Como ocurre en cada jornada electoral, regirá la veda electoral que, entre otras restricciones, prohíbe la venta y compra de bebidas alcohólicas.
En todo el país, la veda electoral comienza 48 horas antes de la votación y finaliza tres horas después del cierre de los comicios. En San Luis, esto significa que regirá desde las 8 de la mañana del viernes 9 de mayo hasta las 21 horas del domingo 11.
Durante este fin de semana, los ciudadanos de San Luis no podrán comprar ni vender bebidas alcohólicas mientras dure la veda. Esta restricción es de cumplimiento obligatorio y rige durante un período determinado antes y después de la elección. Incumplirla puede tener consecuencias penales, según lo establece la normativa electoral.
Veda electoral en San Luis: ¿desdé qué hora no se puede vender alcohol?
La veda electoral en la provincia de San Luis por las elecciones legislativas locales comienza el sábado 10 de mayo a las 20:00 (12 horas antes del inicio de los comicios) y se extiende hasta tres horas después del cierre de las urnas, es decir, hasta las 21:00 del domingo 11.
Esta medida aplica para bares, restaurantes, supermercados, kioscos y cualquier otro comercio que venda bebidas alcohólicas.
Foto Shutterstock.
El objetivo de esta regla es que los votantes puedan ejercer su voto con libertad, sin interferencias externas ni influencias de último momento. Se trata de una herramienta histórica en las democracias modernas, diseñada para preservar la integridad del proceso electoral.
¿Qué otras restricciones impone la la veda electoral?
Durante el periodo de veda electoral se establece una serie de restricciones que deben ser respetadas por los ciudadanos, los partidos políticos y los medios de comunicación.
Qué está prohibido durante las Elecciones 2025 en San Luis
- La realización de actos públicos de campaña o proselitismo.
- Difusión de publicidad electoral en medios gráficos, radiales, televisivos, digitales y redes sociales.
- Apertura de locales partidarios ubicados a menos de 80 metros de los establecimientos de votación.
- Publicación y difusión de encuestas o sondeos preelectorales.
¿Qué pasa si no se respeta la veda electoral?
- Las violaciones a la veda pueden ser denunciadas ante la Cámara Nacional Electoral y tienen consecuencias legales y económicas.
- Según el Código Nacional Electoral quienes vendan bebidas alcohólicas durante el período prohibido pueden enfrentar penas de prisión de 15 días a 6 meses.
- El artículo 140 del Código Electoral establece penas de prisión de 2 meses a 2 años para quien, mediante engaños, induzca a otra persona a votar de cierta forma o a no votar.
- El artículo 141 prevé hasta 3 años de prisión para quienes usen métodos que violen el secreto del voto.
- Quienes difundan publicidad política fuera de los plazos permitidos o realicen actos de campaña fuera de tiempo pueden recibir multas económicas que van desde los $10.000 hasta los $100.000.
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