A través de la Disposición 6132/2025 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) decidió prohibir la venta, la distribución y el uso del producto “Quemador Natural – Natural Gym – Té Verde Centella Asiática”, luego de que detectara que se trata de un suplemento falsificado que, según el organismo “representa un riesgo para la salud de los consumidores”.
La investigación comenzó luego de que el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibiera consultas en su correo oficial sobre el producto, que se ofrecía a través de redes sociales como un complemento para bajar de peso. En su rotulado, se presentaba como de “venta libre” y de “industria argentina”, además de exhibir una supuesta autorización de ANMAT bajo el número PM-2097.
El organismo constató que el producto se promocionaba como “natural”, ya que declaraba contener té verde y centella asiática. Sin embargo, incluía una referencia a una receta médica, lo que sugería que se trataba de una fórmula magistral. Según la normativa vigente, estas preparaciones deben elaborarse exclusivamente en farmacias habilitadas, con prescripción para un paciente en particular, y no pueden comercializarse bajo marcas comerciales ni circular por fuera del circuito farmacéutico.
No obstante, la Anmat verificó que el número de registro “PM-2097” no existe en sus bases y no podría haber sido otorgado para un producto de este tipo. Esa irregularidad, sumada a la ausencia de datos sobre el laboratorio elaborador, la composición real y las condiciones de fabricación, llevó al organismo a concluir que se trata de un producto falsificado y potencialmente riesgoso.
En consecuencia, la Anmat emitió una alerta pública para advertir a la población sobre la circulación de “Quemador Natural – Natural Gym” y dio aviso a la División de Delitos contra la Salud Pública de la Policía Federal. La denuncia fue registrada bajo el número 239/2025 y quedó radicada en la Fiscalía Federal Nº 1 de San Isidro, en el marco de la causa FSM 25628/2025.
Es por eso que, con el objetivo de proteger a los eventuales consumidores, el organismo dispuso la prohibición total del uso, distribución y comercialización del producto en todo el territorio nacional, cualquiera sea su presentación, lote o vencimiento.