Misiones
Aplican duras restricciones a los deudores alimentarios en Eldorado
El Concejo Deliberante de Eldorado aprobó una ordenanza que restringe el acceso de deudores alimentarios morosos en eventos deportivos, sociales o culturales que se realicen en espacios públicos o privados, “en los que se cobre algún tipo de canon en concepto de entrada o cualquier otro tipo de erogación pecuniaria para su participación -pago de árbitro, mesa de control y semejantes- y que sean organizados directamente o cuenten con algún tipo de colaboración técnica, logística o económica por parte de la Municipalidad de Eldorado”. Es lo que determina la ordenanza que ahora espera la promulgación del Ejecutivo Municipal.
A manera de ejemplo, la norma aprobada cita que queda comprendido en esta restricción, el acceso a los siguientes eventos: “Expo Eldorado”, “Carnavales”, torneos o campeonatos de rally, carreras automovilísticas, fútbol, básquet, vóley: y en general todo otro evento que cumpla con las condiciones establecidas por el presente artículo.
Otras restricciones
También se establecen restricciones a personas físicas, en la solicitud de exención o condonación del pago de tributos municipales cualquiera sea su clase. Indica la norma que se deberá acompañar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria expedido por el Registro Público de Alimentantes Morosos.
“El cumplimiento de tal requisito será indispensable para la solicitud de habilitaciones comerciales y/o industriales; solicitud de concesión y/o presentación a licitaciones; para obtención de licencia de conductor y/o renovación”, establece la norma.
Lo mismo rige para la inscripción como proveedor municipal y/o de ente descentralizado de la administración municipal y contrataciones de todo tipo con el Estado Municipal.
Del mismo modo, los socios o representantes de las personas jurídicas para el caso de realizar los trámites, tendrán igual obligaciones que las personas físicas.
Gran morosidad
El autor de la iniciativa, el concejal de la Unión Cívica Radical Daniel González detalló a El Territorio que surge “ante una gran morosidad, un gran incumplimiento, que fue elevándose durante los últimos tiempos en cuanto a la cuota alimentaria, que como sabemos, no sólo implica la falta de pasar un monto determinado, sino que -su incumplimiento- implica también una forma de violencia”.
Recuerda que “de hecho, hay una ley nacional de protección que habla de que la violencia económica es una forma de violencia y que hay que buscar protección, amparo y resguardo”, resumió el concejal eldoradense.
Los morosos
El autor de la iniciativa planteó que el Estado municipal debía adoptar medidas tendientes a desanimar la morosidad y el incumplimiento de las obligaciones alimentarias de los progenitores-sean hombres o mujeres en tanto que lo que está en juego es el bienestar de niños, niñas y adolescentes, sujetos de preferente tutela que se encuentran en condición de vulnerabilidad cuando no tienen acceso a los recursos económicos suficientes para subsistir en condiciones de dignidad.
Indicó que en Misiones hay alrededor de 600 deudores alimentarios morosos. “Son aquellos que ya tienen una sentencia homologada y después no la cumplieron. Esos son los casos que están en el Registro que depende del Poder Judicial de la provincia de Misiones, que es público, al que se puede acceder, donde figuran todas las personas que están condenadas por estar en situación de moroso”.
Efectivamente en la ordenanza aprobada hace mención a la Ley Provincial IV-N°31 que crea el Registro Público de Alimentantes Morosos de Misiones, en el que consta una nómina de deudores alimentarios morosos que adeudan total o parcialmente dos cuotas alimentarias consecutivas o alternadas, dentro de un período no superior a un año calendario, sean provisorios o definitivos, fijadas u homologadas judicialmente. La inscripción en dicho registro se realiza por orden judicial, de oficio o a pedido de parte.
Indica la normativa que el municipio de Eldorado se encuentra adherido a dicha Ley a través de la ordenanza N° 206/2000.
Se añade que “en función del artículo 6° de la normativa provincial, dicha adhesión supone que el municipio debe suspender o proseguir los trámites de otorgamiento y renovación de habilitaciones y licencias de conducir, a aquellos deudores alimentarios que se encuentren inscriptos en el Registro antes mencionado”.
En el escrito se insiste que “la falta de cumplimiento de los deberes alimentarios puede constituir un caso de violencia contra la mujer, en tanto que en la generalidad de los casos y debido al marcado contexto patriarcal en el que está encuadrada nuestra sociedad, son las mujeres-madres- quienes asumen el cuidado personal de sus hijos menores cuando no media relación de pareja con el progenitor, mientras que éste último se mantiene en un rol más pasivo en el cuidado y, en general, respecto del cumplimiento de todos los deberes emanados de la responsabilidad parental entre ellos el deber de prestar alimentos”.
Antecedentes
El concejal Daniel González recuerda los antecedentes existentes, como el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ciudad de Rosario, donde adoptaron “medidas de restricción a la entrada a espectáculos deportivos a deudores alimentarios que se encuentran inscriptos en los Registros respectivos de cada jurisdicción”.
Reglamento para el uso de las instalaciones públicas
Con la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de Eldorado, de promulgarse, se prohibirá el acceso de deudores alimentarios morosos inscriptos en el Registro Público de Alimentantes Morosos de la Provincia de Misiones (Ley IV- N° 31 adhesión por Ordenanza N°206/2000) a eventos deportivos, sociales y/o culturales que se realicen en espacios de dominio público municipal cuya entrada sea gratuita, pero cuya concurrencia esperada supere a 500 personas.
“En la ciudad de Eldorado se vienen realizando eventos deportivos y culturales de gran magnitud, muchos de ellos son organizados o cuentan con algún tipo de acompañamiento de la Municipalidad”, sostiene la norma.
Plantea que “más allá de que algunos de estos eventos son organizados y financiados por privados, es de práctica común solicitar algún tipo de ayuda logística o económica al municipio, ya sea con controles de tránsito, suministrando gazebos, equipos de sonido, asistencia técnica, uso de bienes de dominio público municipal como polideportivos, costanera y espacios verdes, entre otros tipos de colaboración”.
Por ello se añade en la ordenanza aprobada un reglamento de uso de las instalaciones deportivas municipales, en el que se deja asentado que “las autorizaciones de uso de las instalaciones para el desarrollo de eventos deportivos, sociales y/o culturales organizadas por instituciones educativas, clubes, asociaciones u otras entidades, en las que se perciba un canon en concepto de entrada contendrán la restricción al acceso de deudores alimentarios morosos inscriptos en el Registro Público de Alimentantes Morosos de la Provincia de Misiones”.
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