Un nuevo video viralizado en redes sociales volvió a poner bajo la lupa las prácticas en un evento realizado en El Soberbio. Se conocieron imágenes que muestran el polémico “juego” de atrapar el cerdo.
En el video, difundido masivamente en TikTok, se observa a un animal pequeño siendo sujetado por las patas y las orejas para luego ser soltado en el denominado “trompódromo”, para ser perseguido por los participantes del «juego».
Los organizadores lo consideraron “recreación” pero fue rápidamente cuestionado por usuarios de esa red social, que lo denunciaron como un caso de maltrato animal, amparándose en la Ley 14.346, que sanciona este tipo de conductas.
El debate está abierto: ¿pueden considerarse aceptables estas prácticas en eventos públicos, bajo el argumento de la tradición o el entretenimiento, cuando claramente generan sufrimiento en los animales? La discusión ya se instaló en la opinión pública y promete seguir creciendo.
La Ley 14.346 de Maltrato y Actos de Crueldad contra los Animales en Argentina establece penas de prisión de 15 días a 1 año para quienes inflijan sufrimiento innecesario a los animales. En casos como el de El Soberbio, donde se exhiben prácticas públicas de “juegos” con animales, la norma puede aplicarse directamente, y existen antecedentes judiciales en el país que han sancionado eventos similares.
Marco jurídico: Ley 14.346
- Sancionada en 1954, vigente en todo el territorio nacional.
- Artículo 1: reprime con prisión de 15 días a 1 año a quien inflija malos tratos o actos de crueldad a los animales.
- Artículo 2: enumera actos considerados maltrato, entre ellos:
- Azuzar animales para espectáculos o trabajos con sufrimiento.
- Hacerlos trabajar en condiciones inadecuadas.
- No alimentarlos correctamente.
- Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
En el caso del “juego de atrapada del cerdo”, se encuadra como acto de crueldad, ya que el animal es sometido a tironeos, persecución y estrés innecesario.
Antecedentes en Argentina
- Carreras de perros galgos: prohibidas en 2016 por ley nacional, tras considerarse que implicaban explotación y sufrimiento animal.
- Jineteadas y festivales tradicionales: han sido cuestionados judicialmente en varias provincias, aunque en muchos casos se mantienen bajo el argumento de “tradición cultural”.
- Casos locales: en Córdoba y Buenos Aires hubo denuncias por prácticas como tirar caballos al agua o usar animales en fiestas populares, aplicando la Ley 14.346 para iniciar causas penales.
Análisis social
- Debate cultural: muchos eventos se justifican como “tradición” o “recreación”, pero la sociedad argentina muestra una creciente sensibilidad hacia el bienestar animal.
- Redes sociales: plataformas como TikTok y Facebook amplifican la denuncia ciudadana, generando presión pública y visibilizando prácticas que antes quedaban en el ámbito local.
- Cambio de paradigma: el concepto de “diversión” con animales está siendo reemplazado por la idea de respeto y protección, especialmente entre las generaciones jóvenes.
Conclusión
El caso de El Soberbio puede ser considerado maltrato animal bajo la Ley 14.346, y abre un debate sobre la vigencia de ciertas prácticas en eventos públicos. La tendencia social y jurídica en Argentina apunta a limitar o prohibir espectáculos que impliquen sufrimiento animal, incluso cuando se presentan como tradiciones.
(vídeo original @dallanoralukas)




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