Las trabajadoras de casas particulares, que forman parte del servicio doméstico mantienen este mes los mismos montos que en marzo, por lo que hasta que no se concrete un nuevo acuerdo paritario, ya se puede calcular cuánto cobran las empleadas domésticas en abril 2026.

En el cuarto mes del año, se conservan los montos del último acuerdo paritario para las empleadas domésticas, por lo que todas las categorías, con y sin retiro, reciben los mismos valores de marzo.
En tanto, este mes deja de cobrarse el bono extraordinario, que se entregó en los primeros meses del año.
El cuarto mes del año, en tanto, tiene la particularidad de contar con el Día de las Empleadas Domésticas, que se celebra el viernes 3, por lo que quienes deban acudir a realizar sus tareas en esa jornada cobrarán una cifra extra.
Cuánto cobran las empleadas domésticas en abril 2026
Los siguientes son los montos que corresponden a los salarios básicos mínimos establecidos en el último acuerdo salarial.
| Categoría | Salarios básicos por hora |
|---|---|
| TAREAS GENERALES | |
| con retiro | $3348,37 |
| sin retiro | $3599,86 |

En tanto, para empleados con contratación mensual, los valores de referencia para abril de 2026 son los siguientes:
| Categoría | Salario mensual |
|---|---|
| TAREAS GENERALES | |
| con retiro | $410.773,52 |
| sin retiro | $455.160,14 |
Cómo se registran los trabajadores de casas particulares en ARCA
La formalización del vínculo laboral es un aspecto fundamental. Todos los empleadores tienen la obligación de inscribir a su personal en el registro de ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos), sin importar horas de trabajo ni modalidad.
Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.





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