La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), junto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Energía, reglamentó el procedimiento para la adhesión al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (Rimi), a través de la Resolución General 5849/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
El régimen está destinado a inversiones de entre 150 mil y 9 millones de dólares, en el marco de la ley N° 27.802 de Modernización Laboral, y contempla beneficios impositivos como la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución de créditos fiscales en IVA para bienes muebles amortizables y obras de carácter productivo realizadas en el país, siempre que se cumplan los montos mínimos de inversión dentro de un plazo de dos años.
La normativa detalla además los requisitos operativos para los beneficiarios, la forma de acreditar inversiones productivas —incluidas aquellas no sujetas al monto mínimo— y las condiciones vinculadas al grado de avance inferior al 30% del total de la obra. También establece pautas de coordinación entre los organismos intervinientes para la aplicación y control del régimen.
Podrán acceder al RIMI las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, así como asociaciones, fundaciones, mutuales y otras entidades civiles. Para inscribirse, deberán contar con el Certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en el que se realice la primera inversión y estar encuadradas como MiPyMEs Tramos 1 y 2 ante Arca.
La adhesión, la registración de inversiones y la gestión integral del régimen se realizarán a través del nuevo Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) que implementará el organismo.
El RIMI busca impulsar el desarrollo económico, fortalecer las cadenas de valor, promover la competitividad de los sectores productivos, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones de bienes y servicios.





//




